Los NFT (explicados de forma comprensible para todos los públicos)

Los Tokens No Fungibles (NFT por sus siglas en inglés) están de moda. Supongo que habrás visto en los medios que se ha vendido un Tweet o un meme por millones de dólares y te has quedado ojiplática. ¿Cómo se pueden pagar esas cantidades por algo que puedo coger de Internet, copiar, guardar o enviar como me dé la gana? Parece que no tiene ningún sentido, pero te lo voy a explicar detalladamente porque lo tiene… aunque se esfuercen por ocultar el verdadero sentido para alimentar una burbuja

Empecemos por lo básico: fungible y no fungible.

Fungible es lo que se gasta o consume al usarse o que es fácilmente sustituible por un equivalente. El dinero es el ejemplo típico, una venda para heridas también. O una botella de leche…

No Fungible es aquello que no se consume o gasta al usarse o que no es sustituible. Un cuadro de Leonardo, una canción, un traje de Elvis o un zapato a medida son no-fungibles (lo del traje y el zapato a medida es discutible, pero no importa para esta explicación).

El Token es un contrato; ni más ni menos. Un contrato que no tiene nadie en particular sino que está distribuido y encriptado y, en teoría, no puede modificarse sin dejar constancia. Aquí lo ligan al Blockchain y al Bitcoin para darle glamour y esconder un poco de qué va esto…

Vamos ahora a los NFTs. Son contratos referidos a bienes digitales (y por tanto no fungibles): un tweet, una fotografía, un mensaje de voz, una obra gráfica…

Estos NFTs (contratos) puede contener muchas cláusulas, que son las que determinan la naturaleza de este contrato.

La cláusula más importante (y de la que menos hablan por razones que luego os explicaré) es la de la propiedad intelectual. Por una obra de Beeple se han pagado 69 millones de dólares. Parece una burrada por una imagen (la que ilustra este post) que cualquiera puede descargar en su ordenador. El matiz es que el que ha adquirido este NFT tendrá los derechos para su explotación comercial. Es decir, que si un museo decide hacer una instalación de esta obra, el titular de esos derechos puede cobrar por ellos. O si se hacen camisetas. O si se usa como base para una exposición virtual. ¿Entendemos la importancia de esto?

Pues para eso están los NFTs, ni más ni menos. Contratos sobre bienes digitales.

¿Y el resto de NFTs? Pues si las cláusulas no incluyen la propiedad intelectual, sólo son un certificado emocional. Como si fuera el certificado de una litografía numerada. Aire…

Pero no desprecies ese aire. La gente lo paga diariamente en mil productos o servicios. Piensa en una canción cualquiera. Puedes pagarla o puedes descargarla directamente. La pagas por ayudar al artista o por mostrar tu adhesión a las normas o porque Apple sepa que eres un buen ciudadano… No lo sé. Pero la pagas. Puedes comprar una camiseta firmada por Messi…

Pues igual un NFT sin derechos intelectuales (o de reproducción o de lo que sea que permita exigir una compensación).

¿La trampa entonces? Te hacen creer que los NFTs son una superinversión porque algunos NFTs se pagan a precio de oro: los que van a ser una inversión de futuro o puedan tener un valor emocional.

¿El resto? aire…

¿Qué piensas tú?

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